lunes, 27 de diciembre de 2010

RESUMEN EJECUTIVO DE ACTIVIDADES DEL EJE TRANSVERSAL DE PREVENCIÒN Y ATENCIÒN INTEGRAL A LA VIOLENCIA BASADA EN EL GÈNERO

El mayor avance del MSP en relación a su programa de prevención y atención integral a la violencia se da en el 2010, año en el que se comienza a estructurar una intervención desde salud ligada con acceso a justicia, respondiendo así a los 4 ejes del Plan Nacional de Erradicación de Violencia: Eje 1: Transformación de Patrones Socioculturales; Eje 2: Sistema de Protección Integral; Eje 3: Acceso a Justicia; y Eje 4: Institucionalidad del Plan.

Las actividades desarrolladas han implicado un proceso de interacción con otros  actores que son parte del Plan Nacional de Erradicación de la Violencia y de otras instituciones públicas por ejem. como el Municipio de Quito (Secretarìa de Inclusiòn Social) con quiénes el  25 de Noviembre del 2009 a través de nuestra Dirección Provincial de Salud de Pichincha se firma el ACUERDO CIUDADANO POR UN QUITO LIBRE DE VIOLENCIA.
En el marco de este Acuerdo   el Ministerio de Salud Pública, el Consejo Metropolitano de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia-COMPINA, el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y la Dirección Provincial de Salud de Pichincha planifican y realizan conjuntamente el 2 y 3 de Septiembre del 2010 el taller denominado: DEBIDA DILIGENCIA DEL ESTADO EN LA GARANTÌA Y PROTECCIÒN DE VÌCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL E INTRAFAMILIAR”, con la participación del expositor costarricense Dr. Rodrigo Jiménez, quien cuenta con amplia experiencia en temas de acceso a justicia y derechos humanos.

Expositor Internacional Dr. Rodrigo Jiménez Sandoval
Inauguración taller MSP-COMPINA-Municipio de Quito 


 Del 8 al 20 de Noviembre del  presente año realizamos el Primer Curso Nacional sobre Pericias Sicológicas Forenses, con la facilitadora española MARÌA PAZ RUIZ TEJEDOR, sicóloga forense de la Audiencia Provincial de Madrid. Participaron 120 sicólogos/as del MSP a nivel nacional.

María Paz Ruiz, expositora internacional

Participantes al curso so pericias forenses sicològicas
Desde el  15 al 31 de Diciembre  venimos  desarrollando el    Primer Curso Introductorio sobre pericia médica legal, bajo modalidad online:  http://cursointroductoriopericiamedicolegal.blogspot.com/ cuyo tutor es el médico español JUAN MANUEL CARTAGENA PASTOR de la Audiencia Provincial de Madrid. Están participando en este curso 55 profesionales de salud a nivel nacional (mèdic@s y enfermeras.). Esta capacitaciòn es el inicio de un proceso de especializaciòn que queremos lograr en los profesionales de salud para la adecuada toma y custodia de evidencias en delitos de VS y VIF.

Aún estamos en la primera fase de nuestro proyecto de prevención y erradicación de la violencia basada en el género, parte de este  proyecto son las SALAS DE PRIMERA ACOGIDA PARA VÌCTIMAS DE DELITOS  SEXUALES, el programa de formación en la NORMA DE ATENCIÒN EN VIOLENCIA y el entrenamiento especializado en levantamiento de pericias médicas y sicológicas forenses. Este proyecto  lo hemos avizorado en tres etapas claves y a tres años plazo:
Etapa 1: sensibilización y entrenamiento en pericias médicas legales de los equipos técnicos de las salas: médico, sicóloga y trabajadora social. (2010).
Etapa 2: articulación de las SALAS con justicia (fiscalía y médicos legistas. (2011).
Etapa 3: gestión y articulación de SALA con red de actores sociales y gobiernos locales. (2012.

Con la capacitaciòn sobre pericias forenses que hemos emprendido,  pretendemos dar respuestas a las responsabilidades del MSP contenidas en el Còdigo de la Niñez y Adolescencia (Art. 80) y en últimas reformas realizadas al Código Penal y de Procedimiento Penal[1] (Art. 42, 95 e innumerado)  artículos en los que se establece la obligatoriedad de los operadores de salud con respecto a la toma y custodia de evidencias en delitos de violencia sexual y de violencia intrafamiliar.
Art. 42.- la persona que conociere que se ha cometido un delito de acción pública, excepto a aquella a quien la Ley se lo prohíbe, debe presentar su denuncia ante el fiscal competente, la Policía Judicial o la Policía nacional.
Art. 95.- INFORMES PERICIALES; Durante la indagación previa, o en la etapa de instrucción, los peritos realizarán informes sobre la experticia realizada. Este documento lo incorporará el Fiscal en el expediente y el defensor lo exhibirá durante la etapa intermedia.
Si hubiere peligro de destrucción de huellas o vestigios de cualquier naturaleza en las personas o en las cosas, los profesionales en medicina, enfermeros o dependientes del establecimiento de salud a donde hubiere concurrido la persona agraviada, tomarán las evidencias inmediatamente y las guardarán hasta que el fiscal o la policía judicial dispongan que pase al cuidado de peritos para su examen. Si se tratare de exámenes  corporales, la mujer a la cual deban practicárselos, podrá exigir que quienes actúan como peritos sean personas de su mismo sexo.
Art. (Innumerado a continuación del art. 133) Peritos.- Son peritos los profesionales especializados o personas que por su experiencia aportan conocimientos específicos sobre su ciencia, arte u oficio.
Art. 80(CNA).− Exámenes médico legales.− Los exámenes médico legales a un niño, niña o adolescente, se practicarán en estrictas condiciones de confidencialidad y respeto a la intimidad e integridad física y emocional del paciente.
Salvo que ello sea imprescindible para su tratamiento y recuperación, se prohíbe volver a someter a un niño; niña o adolescente víctima de alguna de las formas de maltrato o abuso señalados en este título, a un mismo examen o reconocimiento médico legal.
Los profesionales de la salud que realicen estos exámenes, están obligados a conservar en condiciones de seguridad los elementos de prueba encontrados; y a rendir testimonio propio sobre el contenido de sus informes. Los informes de dichos exámenes, realizados por profesionales de establecimientos de salud públicos o privados y entidades de atención autorizadas, tendrán valor legal de informe pericial.
Para que desde salud se de cumplimiento a lo que estipulan los Códigos de la Niñez y Adolescencia, Penal y  Procedimiento Penal, es necesario entrenar al personal y especializarlos en la toma de evidencias y la custodia de las mismas, sino iniciamos este proceso, de seguro que las pruebas tomadas se nulitarian asì como los testimonios de nuestros profesionales de salud, obstaculizando el camino para que las vìctimas de violencia obtengan un buen resultado en sus procesos penales y por ende en el acceso a justicia para ell@s

Para este proceso de entrenamiento especializado sobre pericias que està liderando el MSP, es de especial importancia la coordinación con Fiscalìa y su Jefatura de Medicina Legal debido a la competencia especìfica que nuestra Constituciòn les ha asignado, coordinaciòn que ya hemos inciado al lograr por ejem el aval de la Fiscalìa Provincial de Pichincha para el trabajo que se està realizando en la SALA DE PRIMERA ACOGIDA ubicada en el Hospital Enrique Garcéz del Sur de Quito. Contamos ademàs con una aceptaciòn implicita del Jefe Nacional de Medicina Legal de Fiscalìa para continuar con el  proceso de capacitación y entrenamiento  en pericias médicas y sicològicas forenses.

El trabajo  efectuado en el 2010 es parte de un proceso  que nos demandarà algunos años para ver resultados òptimos a nivel nacional, recièn estamos empezando. Un agradecimiento especial a UNFPA, UNIFEM y OIM, sin ese apoyo no hubieramos podido culminar lo planificado para este año. Agradecemos tambièn a las autoridades del MSP: Ximena Abarca Duràn Viceministra de Salud, Carmen Laspina Arellano Directora General de Salud y Washington Estrella Director Nacional de Normatizaciòn, quiènes han apoyado y creìdo en las propuestas que hemos generado desde este pequeño programa. Un agradecimiento especial a nuestras 24 contrapartes provinciales, quiénes se han asumado a todas nuestras iniciativas.
Mercy López Martínez
Líder del Programa de Prevención y Atención Integral
de la Violencia Basada en el Género
Dirección Nacional de Normatización MSP
Teléfono: (593 2)3814400 ext. 9506
(0)85457469




[1] Ley reformatoria al Código de Procedimiento Penal y al Código Penal, 17 de Marzo del 2009.

2 comentarios:

  1. gracias por darme la oportunidad de capacitarme para poder manejar de la mejor manera a los pacientes que acuden a la consulta por maltrato y por violencia intra familiar ya que muchas veces no sabemos como manejar ciertas cituacione s en la que se requiere saber escuchar , saber entender, y saber brindar apoyo en todo sentido a las personas que son victimas del maltrato en todo sentido

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